Estas titulaciones incorporan aspectos formales que les otorgan un carácter de «TÍTULO ACADÉMICO», con valor académico y profesional.
También regula los procedimientos de autorización y los efectos de las actividades de formación deportiva.
Estos se refieren a la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre. Este decreto establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
Los títulos académicos son expedidos por el Estado Español a través de las diferentes autonomías.
Incorporan unas considerables ventajas: se puede opositar y optar a estudios superiores.
Facilitando la formación y movilidad de otros profesionales, los títulos académicos permiten la pasarela con otras enseñanzas. Asimismo, abren a nuestros entrenadores y monitores un complemento de formación con otros títulos de enseñanza deportiva.
Luego, se establecerán los títulos de Técnico Deportivo en Pádel.
También se establecerán los títulos de Técnico Deportivo Superior en Pádel.
Tendrán un cumplimiento obligatorio cuando se realice una función profesional que dependa de un ente público o privado. Por ejemplo: impartir clases de pádel.
El pasado día 20 de octubre se aprobó en Extremadura la Ley 15/2015. Esta ley ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en Extremadura – leer artículo –.
Desde este día, no se podrán ejercer determinadas profesiones como monitor o entrenador de pádel sin poseer la cualificación correspondiente.
Esto incluye la actividad profesional de impartir clases de pádel.
Esta ley pretende luchar contra el intrusismo y defender la salud de los usuarios/clientes y regular la profesión.
El Decreto 174/2019, de 12 de noviembre, aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 15/2015, de 16 de abril. Esta ley ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en Extremadura.
Además, se aprueba el Código Deontológico de quienes desempeñen las profesiones del deporte en Extremadura.
Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero. Regula los aspectos curriculares y los requisitos generales. También aborda los efectos de la formación en materia deportiva.
Estos se refieren a la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
Resolución de 26 de octubre de 2011. La Presidencia del Consejo Superior de Deportes publica el plan formativo. Este plan es para la modalidad deportiva de pádel.
La fexpadel asume la responsabilidad, según el artículo 15.2 de la Orden ECD158/2014, de 5 de febrero. Se asegura de que toda la información sobre la actividad es veraz.
También garantiza que la documentación es correcta.
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