Como si de una profecía demoniaca se tratase, el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, ha generado la mayor protesta de la profesión veterinaria española de la historia reciente.
Está prohibida la dispensación al público de medicamentos veterinarios de administración exclusiva por el veterinario. No obstante, el veterinario podrá autorizar a un tercero a recoger el medicamento en su nombre (artículo 4.1.k)).
Los representantes del Consejo General de Veterinarios de España, en este caso su vicepresidente, Moreno del Val, ha expuesto recientemente en el senado que «la normativa se hubiera elaborado sin tener en cuenta la realidad del ejercicio veterinario, lo que ha llevado a una creciente «criminalización de la profesión» y a serias dificultades para ejercerla con garantías jurídicas, técnicas y científicas».
En lo que respecta al régimen sancionador, dice que «en caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2015, en la Ley 8/2003, de 25 de abril, de sanidad animal, y en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que pudieren concurrir».
Las podemos observar en su articulo 58, con multas de hasta 3.000 euros en el supuesto de infracciones leves, pasando por la multa de hasta 60.000 euros en el supuesto de infracciones graves.
En el caso de las infracciones muy graves la multa puede ser de hasta 600.000 euros y también «se podrá acordar por la autoridad competente el cierre temporal de los establecimientos o servicios por un plazo máximo de cinco años».
En esta línea, este colectivo está padeciendo lo que viene siendo habitual en las recientes legislaciones que afectan a la rehala: inseguridad jurídica y sanciones mucho más cuantiosas, que pueden arruinar toda una vida profesional y personal (y que por desgracia no suelen tener este eco mediático).
Por otro lado, debemos romper una lanza a favor de los profesionales veterinarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
En varias ocasiones desde ARRECAL hemos alcanzado acuerdos sobre desarrollo normativos u otras cuestiones, en base al criterio técnico y el sentido común.
‘Protocolo para la prevención y control de enfermedad de Aujeszky en perros de caza y de rehala’.
Eso sí, tenemos que recordarles que en este tipo de desarrollos normativos es necesario convocar mesas de trabajo con los sectores implicados que permitan diálogos constructivos y eviten publicaciones de normas que generan más problemas que soluciones.
En este sentido, la legislación en el ámbito de la competencia del ministerio que afecte a los perros; de forma previa, se debería contar por supuesto con el colectivo veterinario, pero también con las principales asociaciones de propietarios de perros del país, que por censo serían las federaciones de caza y ARRECAL.
Eso sí, podemos citar situaciones de exitosa cooperación como la del Colegio de Veterinarios de La Rioja, La Federación Riojana de Caza y ARRECAL.
Por último, la tenencia responsable de los perros supone un desembolso económico cada vez mayor.
Para un rehalero, con hasta varias decenas de canes, que muchas veces realiza una actividad deportiva y sin ánimo de lucro, se debe trabajar desde la administración por rebajar estos costes.
Más si cabe cuando los perros de rehala son herramientas de utilidad pública que permiten controlar poblaciones sobreabundantes de ungulados disminuyendo de forma notoria ─como constatan los últimos estudios científicos─, los daños agrarios, accidentes de tráfico, transmisión de ecopatologías, desequilibrios ambientales, etc.
En este sentido, hay que volver a reclamar junto con los profesionales veterinarios la necesidad de modificar el tipo impositivo de IVA aplicable a la prestación de servicios veterinarios, que actualmente es de un 21%, para disminuirlo al 10%.
Autor: Nicolás Urbani. Veterinario y asesor técnico de ARRECAL
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